La aplicación CEL, desarrollada por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, permite consultar los índices de calidad de suministro zonal anuales, tanto a nivel nacional como desagregados por comunidades autónomas y por provincias, resultantes de la información auditada que remiten anualmente las empresas distribuidoras. Asimismo, dicha aplicación ofrece información sobre la evolución de estos índices tanto a nivel autonómico como provincial.
El artículo 108 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece la obligación de las empresas distribuidoras de remitir al Ministerio de Industria, Energía y Turismo (actual Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital), antes del 30 de junio de cada año, información anual sobre calidad servicio relativa a calidad zonal, calidad de producto y calidad de atención al consumidor. De acuerdo con la disposición adicional duodécima del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, la remisión de dicha información deberá realizarse por vía electrónica.
Acceder a la aplicación CEL a través de la opción Distribuidores/Calidad Eléctrica/Continuidad del Suministro/Cargar datos de calidad eléctrica, elegir la plantilla y grabarla en el disco duro.
Los datos anuales a cumplimentar para cada municipio y empresa distribuidora, tal y como recoge la Orden ECO/797/2002, de 22 de marzo, por la que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico, corresponden a los siguientes campos (numerados) de la plantilla:
TIEPI debido a interrupciones programadas:
TIEPI debido a interrupciones imprevistas:
NIEPI debido a interrupciones programadas:
NIEPI debido a interrupciones imprevistas:
Nº interrupciones en Baja Tensión:
Las definiciones correspondientes a cada causa de interrupción vienen establecidas en el punto 8 de la Orden ECO/797/2002, de 22 de marzo. No obstante, en relación con el campo a rellenar “Nombre Zona“, en la mayoría de los municipios, hay una sola zona, salvo en el caso de que dicho municipio tenga “suministros ubicados fuera de los núcleos de población que no sean polígonos industriales o residenciales”, en cuyo caso este municipio aparecerá dos veces, una con su zona y otra con Zona Rural Dispersa.
Las empresas distribuidoras deberán incluir en la aplicación CEL, en primer lugar la auditoría de calidad correspondiente al mismo año que se incluyen los datos.
A continuación deberán rellenar los datos anuales correspondientes en los campos de la plantilla descritos anteriormente y cargarlos en la aplicación CEL, para lo cual se elige la plantilla ya rellenada, en “Fichero a enviar al Ministerio”, y se pulsa encima de “Enviar Fichero al Ministerio”.
Si ha solicitado y recibido Resolución del Director General de Política Energética y Minas con la consideración de un suceso como eventos excepcionales, se deberá rellenar la plantilla correspondiente a eventos excepcionales, indicando en el último campo los municipios autorizados por dicha resolución, descontando en Horas Imprevistas Fuerza Mayor y Número de Imprevistas Fuerza Mayor los días autorizados para esos municipios. Una vez rellena la plantilla se cargará en la aplicación CEL para lo cual se localiza la plantilla que se rellenó y se incluye en “Fichero a enviar al Ministerio”, y finalmente, se pulsa encima de “Enviar Fichero al Ministerio”. Los datos incluidos aquí, también deberán estar recogidos en la auditoria de calidad anteriormente incluida en CEL.
Acceder a la aplicación CEL a través de la opción “Distribuidores > Calidad Eléctrica > Calidad de la atención al consumidor > Cargar Datos de Calidad de la atención al consumidor”.
Una vez seleccionado el distribuidor y el año a los que se refiere la información, deberán incluirse los siguientes ficheros (ambos en formato PDF):