Dudas generales sede electrónica y aplicación informática ERIDE

El texto indicado a continuación carece de valor jurídico, debiendo atender en todo caso a la normativa de aplicación. El Ministerio se exime de las responsabilidades derivadas del uso de esta información.

¿Qué vías puedo utilizar para las tramitaciones con la Administración?

De acuerdo con la Disposición adicional duodécima del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, las solicitudes, escritos y comunicaciones relativas a los procedimientos de inscripción, modificación y cancelación en el registro de régimen retributivo específico, así como los recursos administrativos y las solicitudes de revisión de oficio, se presentarán exclusivamente por vía electrónica, con certificado electrónico, en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

En caso de no utilizar dichos medios, le será requerida su subsanación, advirtiendo que, de no ser atendido el requerimiento, se tendrá al interesado por desistido de su petición.

¿Dónde puedo consultar los datos de mi instalación relativos al régimen retributivo específico?

En la aplicación del registro de régimen retributivo específico ERIDE ubicada en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En este enlace, y mediante certificado electrónico (DNI electrónico o certificado electrónico de persona física o de representante) podrá acceder a los datos de su instalación.

Dudas de uso del formulario "Otras solicitudes"

El formulario “Otras solicitudes” será utilizado como formulario genérico para aquellas peticiones para las que no haya formulario específico.

Para presentar una solicitud a través de este formulario deberá utilizar certificado electrónico de titular o representante acreditado, al que hayan otorgado permisos suficientes para realizar los trámites relativos al registro de régimen retributivo específico en nombre del titular (bien directamente o bien a través de una empresa representante).

Es recomendable que el solicitante cumplimente todos los datos que conozca de la instalación en estos apartados, así como los códigos que la identifican (CIL, clave PRETOR, código de inscripción en el registro autonómico o expediente de Preasignación).

El resto de datos únicamente deben completarse en caso de desear cambiarlos.

Una vez se pulsa el botón “Enviar”, los datos de la solicitud ya no podrán ser modificados por lo que es importante que el solicitante los revise detenidamente antes de cursar la solicitud.

Deberá adjuntar a la solicitud toda aquella documentación pertinente que acredite el objeto de la solicitud.

Quiero adjuntar un nuevo documento a una solicitud que he realizado en la aplicación informática del registro de régimen retributivo específico (ERIDE), ¿cómo debo hacerlo?

Para adjuntar documentación adicional sobre una solicitud ya registrada en la aplicación, el usuario representante de la instalación debe acceder mediante certificado electrónico a la aplicación ERIDE.

Una vez haya accedido debe emplear el formulario denominado "Aportar documentación adicional a una solicitud en curso" en el Menú de Explotación.

Hice una solicitud a través de la aplicación del registro de régimen retributivo específico, ¿cuánto tardarán en responderme?

Para cada tipo de procedimiento la normativa recoge explícitamente el plazo de resolución, que podrá ser de 3 meses o 6 meses, contado desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. En los casos en que este plazo no esté regulado, se atenderá a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que expone que el plazo para resolver una solicitud es de tres meses.

Una vez haya transcurrido el plazo de resolución sin haberse notificado resolución expresa, el interesado la podrá entender desestimada por silencio administrativo, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver de forma expresa.

He recibido un correo electrónico cuyo asunto es “Aviso de notificación electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico”, ¿qué tengo que hacer?

Este correo electrónico es un aviso para informarle de que se le está intentando realizar una notificación a través del registro electrónico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Para acceder a su contenido, la persona designada como usuario representante deberá comparecer en la Sede Electrónica.

Una vez haya accedido, deberá pulsar el icono “aceptar/rechazar notificación” y seguir las indicaciones que aparecen en la pantalla hasta que se visualice el archivo PDF que contiene el escrito que se le notifica.

De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, la notificación se entenderá practicada en el momento en que se produzca el acceso a su contenido y se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido, entendiéndose cumplida la obligación de notificar por parte de la Administración.

En el caso de que el escrito que se le está intentando notificar sea un acto de trámite, para continuar con la tramitación de su procedimiento, deberá leer su contenido y realizar las actuaciones que se le requieran.

Para realizar dichas actuaciones, deberá hacerlo a través de la aplicación del registro de régimen retributivo específico (ERIDE), accediendo a través de su expediente en curso.

Si usted ha recibido un requerimiento de subsanación, le indicamos que tiene a su disposición una Guía sobre cómo realizar una subsanación de una solicitud relativa al registro de régimen retributivo específico en la que encontrará instrucciones precisas, así como indicaciones gráficas de los pasos concretos que han de seguirse.

Este documento puede descargarse en la página Instrucciones del Registro de régimen retributivo específico.

En el acto de trámite con relación a mi expediente se requiere aportar documentación, ¿dónde debo hacerlo?

Si tras la lectura de la notificación debe aportar documentación, deberá hacerlo a través de la aplicación del registro de régimen retributivo específico (ERIDE), ubicada en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, accediendo el usuario representante de la instalación mediante certificado electrónico.

Una vez en la aplicación ERIDE, deberá acceder al apartado de “Consulta” correspondiente al formulario a través del cual usted haya cursado su solicitud. Por ejemplo, deberá acceder a "Consulta de otras solicitudes”, si envió su solicitud a través del formulario “Otras solicitudes”.

Una vez abierta la solicitud, haga clic en "Responder acto de trámite" en la parte inferior del formulario, donde podrá adjuntar la documentación requerida. Se recomienda indicar en el campo "Observaciones" cualquier comentario que considere oportuno en relación al requerimiento.

Por último, haga clic en "Enviar" en la parte inferior del formulario para responder correctamente al acto de trámite.

En los datos de mi instalación fotovoltaica, ¿qué significa el campo Porcentaje tecnología FTV?

Si usted tiene una instalación fotovoltaica, cuando accede a los datos de su instalación a través del formulario “Consulta de inscripciones y solicitudes de modificación” en la aplicación ERIDE, se reflejará un campo denominado porcentaje de tecnología FTV dentro del apartado Instalación Tipo.

Este campo aplica únicamente a instalaciones con varios “subtipos de tecnología FTV” (fija, seguimiento a un eje o seguimiento a dos ejes) para un único CIL. Describe para ese único CIL qué porcentaje de potencia corresponde a cada subtipo de tecnología.

Si su instalación tiene un único subtipo de tecnología para un único CIL el porcentaje de FTV será del 100%.

Si su instalación tiene varios “subtipos de tecnología FTV” (fija, seguimiento a un eje o seguimiento a dos ejes) para un único CIL, debe comprobar que los datos que figuran en el registro de régimen retributivo específico son correctos, de tal forma que la suma de todos los porcentajes asociados a los diferentes subtipos de tecnologías sea del 100%. Si usted encuentra algún dato incorrecto que obre en dicho registro, debe solicitar su corrección.

Asimismo, si su instalación fotovoltaica está compuesta por varios “subtipos de tecnología”, deberá solicitar un nuevo CIL al encargado de la lectura.

¿Cómo debo presentar un recurso de alzada?

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, dicho recurso deberá presentarse exclusivamente por vía electrónica, con certificado electrónico, a través de la aplicación accesible desde el Ministerio para la Transición Ecológica, en los servicios de Sede Electrónica, dentro del apartado Procedimientos, opción Recursos administrativos.

Al presentar el recurso, deberá citar el número de expediente que podrá localizar en el acuse de recibo de cualquier solicitud realizada en el registro de régimen retributivo específico y que contendrá, en todo caso, la codificación ERX.

¿Cómo puedo presentar alegaciones en un procedimiento iniciado de oficio?

Para presentar alegaciones en un procedimiento iniciado de oficio, deberá acceder mediante certificado digital a la aplicación del registro de régimen retributivo específico ERIDE ubicada en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Una vez haya accedido a la misma, deberá entrar en el “Menú de Explotación” y a continuación en “Consulta procedimiento iniciado de oficio”.

Si el estado del expediente es “Pendiente de actuación por parte del interesado (OFICIO)”, desde “Acciones a realizar” (en la parte inferior del formulario), deberá pinchar en el enlace “Responder (Acuerdo de iniciación)”. Puede encontrar más información sobre cómo presentar alegaciones en un procedimiento iniciado de oficio en el apartado 5 de la Guía de usuario de la aplicación informática.

Si el estado del expediente es “Expediente en análisis” podrá presentar alegaciones a través de la opción “Aportar documentación adicional a una solicitud o procedimiento de oficio en curso” del “Menú de Explotación”. Podrá hacerlo siempre y cuando el expediente aún no haya sido resuelto. Puede encontrar más información sobre cómo aportar documentación adicional a un procedimiento iniciado de oficio en el apartado 7 de la Guía de usuario de la aplicación informática [PDF].