Propuesta de Resolución por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas distribuidoras de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa

Propuesta de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas distribuidoras de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio el año 2017, y para la modificación de la retribución de las instalaciones existentes cuyos parámetros retributivos hubieran cambiado durante dicho año.

El Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica, recoge en su artículo 31.1.a, que las empresas distribuidoras deberán remitir a la Dirección General de Política Energética y Minas y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia un informe sometido a auditoría externa con la información necesaria para el cálculo de la retribución asociado a todas las instalaciones puestas en servicio el año n-2 y para la modificación de la retribución de una instalación existente cuyos parámetros retributivos hubieran cambiado.

Por su parte, el artículo 32 del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, establece que con el fin de que toda la información aportada sobre la inversión realizada presente un carácter homogéneo, el titular de la Dirección General de Política Energética y Minas establecerá mediante resolución antes del 1 de febrero de cada año los criterios que deberán seguirse para elaborar el informe de auditoría externa a que se hace referencia en el artículo 31.1 y toda aquella información auditada que resulte necesaria para el cálculo de la retribución.

De acuerdo con lo anterior, mediante la presente propuesta de resolución se establecen los criterios que deberán seguir las empresas de distribución de electricidad para elaborar el informe de auditoría externa relativo a las inversiones en instalaciones de distribución de energía eléctrica que hayan sido puestas en servicio en el año 2017, así como para la modificación de la retribución de las instalaciones existentes cuyos parámetros retributivos hubieran cambiado durante dicho año. Esta propuesta toma en consideración la propuesta previa que al respecto ha sido presentada en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia con fecha 9 de marzo de 2018.

Plazo de remisión

El plazo para formular alegaciones es de 10 días hábiles desde la notificación individualizada del inicio del trámite de audiencia por parte de la Subdirección General de Energía Eléctrica.

Presentación de alegaciones

Las alegaciones al proyecto se dirigirán a la Dirección General de Política Energética y Minas, a través de la dirección de correo electrónico consulta.redes@minetad.es indicando en el asunto: “Resolución Auditoria_Distribución_2018”.

Anexo

Propuesta Resolución [PDF] [629 KB]