Con fecha de 24 de julio de 2015 se aprueba el Reglamento 2015/1222 de la Comisión Europea por el que se establece una directriz sobre la asignación de capacidad y la gestión de congestiones. En el marco establecido por dicho reglamento, está prevista la implantación del mercado intradiario continuo en ámbito europeo.
Con base en lo anterior, resulta preciso introducir modificaciones en los procedimientos de operación en vigor para su adaptación a la implantación del mercado intradiario continuo, prevista el día 12 de junio de 2018.
Los cambios que se propone incorporar en los P.O. 1.5, 3.1, 3.2, 3.3, 3.6, 3.8, 7.3, y 14.4 con respecto a los P.O. vigentes, son los siguientes:
Este mismo texto se ha remitido a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para informe con carácter de urgencia, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Debido al reducido tiempo para la implantación del mercado intradiario continuo, el trámite de audiencia se confiere con carácter de urgencia. El plazo para formular alegaciones es hasta el 29 de mayo de 2018, inclusive.
Las eventuales observaciones a las citadas propuestas pueden cursarse a través de la dirección de correo electrónico sgeelectrica@minetad.es indicando en el asunto “Alegaciones POs adaptación MIcontinuo”.
Informe Justificativo Adaptación Procedimientos Operación MIBEL [PDF] [413 KB]
P.O. 1.5 Establecimiento de la reserva para la regulación frecuencia-potencia [PDF] [132 KB]
P.O. 3.1 Proceso de programación de la generación [PDF] [659 KB]
P.O. 3.2 Restricciones técnicas [PDF] [308 KB]
P.O. 3.3 Gestión de desvíos [PDF] [170 KB]