Propuesta de Orden por la que se determina la forma de envío de información de las comunidades autónomas y entidades locales en lo relativo a sus programas de ahorro y eficiencia energética, así como la metodología de cálculo

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se abre el periodo de información pública de la propuesta de “orden por la que se determina la forma de envío de información de las comunidades autónomas y entidades locales en lo relativo a sus programas de ahorro y eficiencia energética, así como la metodología de cálculo.” 

La Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, establece en su artículo 7 la obligación de justificar por parte de cada Estado miembro una cantidad de ahorro de energía acumulado para el periodo 2014 - 2020. 

En cumplimiento de esta obligación, España comunicó a la Comisión Europea un objetivo de ahorro de energía final de 15.320 ktep, objetivo que se ha incrementado hasta los 15.979 ktep según la última revisión de la metodología, realizada por la Comisión Europea. 

Al objeto de cumplir con este objetivo, se hace necesario conocer todas las iniciativas puestas en marcha, al amparo de dicha Directiva, por las comunidades autónomas y entidades locales, de manera que el esfuerzo realizado por todas las Administraciones territoriales pueda ser tenido en cuenta de cara a dicho cumplimiento. 

De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes, las comunidades autónomas y entidades locales tienen la obligación de informar anualmente, antes del 31 de diciembre de cada año, al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, sobre los ahorros energéticos y las emisiones de dióxido de carbono evitadas, derivados de las actuaciones en materia de ahorro y eficiencia energética promovidas por dicha comunidad autónoma o entidad local y llevadas a cabo en el ámbito de su territorio y de su municipio respectivamente. 

El objetivo de la orden de referencia es dar cumplimiento al segundo párrafo de dicha disposición adicional que señala lo siguiente:  

“Por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo se determinará la forma, contenido y desglose en que dicha información ha de ser remitida, así como la metodología de cálculo.” 

Plazo de remisión 

Las observaciones podrán remitirse durante el plazo de cuarenta y cinco días hábiles a contar desde la publicación de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia a los interesados en el Boletín Oficial del Estado, en la Sección de Anuncios Oficiales, es decir es decir, desde el 3 de agosto hasta el 24 de septiembre de 2016 ambos incluidos.

Presentación de alegaciones

Las alegaciones a la citada propuesta de orden deben cursarse por correo electrónico a la dirección sgpes@minetur.es con el formato recogido en la plantilla denominada “Modelo para enviar observaciones en trámite de audiencia”, que se puede descargar a continuación. 

Anexos 

Propuesta de Orden de envío de información de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales en lo relativo a sus Programas de Ahorro y Eficiencia Energética[PDF] [388 KB]

Modelo para enviar observaciones TA [ODS] [37 KB]