Propuesta de Orden por la que se establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para el año 2017.

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece en su artículo 14 que las metodologías de retribución de las actividades de transporte y distribución se establecerán reglamentariamente atendiendo a los costes necesarios para construir, operar y mantener las instalaciones de acuerdo al principio de realización de la actividad al menor coste para el sistema eléctrico según lo dispuesto en el artículo 1.1. 

La metodología de retribución ha sido regulada en el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.  

Con fecha 17 de noviembre de 2016, la sala de supervisión regulatoria de la CNMC ha aprobado el informe denominado “Acuerdo por el que se propone la retribución a reconocer a las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para el ejercicio 2017. Aplicación de la Metodología del Real Decreto 1047/2013”. Con fecha 20 de abril de 2017, la sala de supervisión regulatoria de la CNMC ha aprobado el informe denominado “Acuerdo por el que se contesta a solicitud de la Secretaría de Estado de Energía de informe complementario al informe sobre el acuerdo de 17 de noviembre de 2016, por el que se propone la retribución de transporte de energía eléctrica para el ejercicio 2017”.  

La presente orden se establece tomando como punto de partida los informes de la CNMC anteriormente mencionados, sin incluir aquellas revisiones que supongan una modificación del valor de inversión con derecho a retribución a cargo del sistema de aquellos activos en servicio a los que se refiere la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre. Todo ello sin perjuicio de una ulterior modificación de la retribución desde el año 2016 en adelante, una vez concluyese el procedimiento de revisión de oficio.  

Este mismo texto se ha remitido a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para informe y para que por ese organismo se realice trámite de audiencia a través del Consejo Consultivo de Electricidad, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. 

Plazo de remisión 

El plazo para formular alegaciones es de 15 días, es decir, desde el 2 de agosto hasta el 23 de agosto de 2017, inclusive.  

Plazo de alegaciones 

Las alegaciones al proyecto se dirigirán a la Dirección General de Política Energética y Minas, pudiéndose remitir a través de la dirección de correo electrónico Consulta.redes@minetad.es  indicando en el asunto “Retribución Transporte 2017”. 

 Anexos

Texto completo de la Propuesta de Orden [PDF] [515 KB]

Memoria de la Propuesta de Orden [PDF] [303 KB]

Anexo I

Resumen 2017 [XLSX] [49 KB]

Resumen 2017 [ODS] [49 KB]

Anexo II

Informe REE 2017 [XLSX] [26 MB]

Informe REE 2017 [ODS] [76,1 KB]Informe UFD 2017 [XLSX] [17,8 MB]

Informe UFD 2017 [ODS] [537 KB]

Informe Valle de Solle 2017 [XLSX] [81 KB]

Informe Valle de Solle 2017 [ODS] [81 KB]

Informes Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)

Retribución RDT 2017 [PDF] [2398 KB]

Retribución Complementaria RDT 2017 [PDF] [916 KB]