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Consulta
Cerrada
Rango de la Norma:
Disposición de otras autoridades
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Audiencia e información pública

Resumen

Mediante la presente resolución se aprueba un nuevo Plan de Actuación Invernal de aplicación desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo del año siguiente, que sustituye al vigente desde el 1 de noviembre de 2017.

Se mantiene la obligación de mantener un volumen determinado de existencias exclusivamente en forma de GNL sin obligación de reponer las existencias liberadas.

Como novedades más relevantes:

  • Se incrementa la obligación de mantenimiento de existencias de GNL, que pasa de 3,5 a 4,5 días de consumo, pero solamente durante el mes de enero.
  • Se establece un calendario prefijado para la constitución y liberación de las existencias, aunque el GTS mantiene la potestad de liberación de existencias más ambiciosas.
    • A partir del 1 de noviembre: 1,5 días
    • A partir del 1 de diciembre: 2,5 días
    • A partir del 1 de enero: 4,5 días
    • A partir del 1 de febrero: 3,5 días
    • A partir del 1 de marzo: 1,5 días
  • Se reduce la exención de la obligación a los consumidores con consumo anual igual inferior a 8 GWh (anteriormente 15 GWh).
  • En el caso del GNL depositado en buques metaneros, estos deberán contar con slot de descarga.
  • Al objeto de hacer un seguimiento del cumplimiento del Plan, el GTS podrá solicitar a los usuarios información de las cargas y descargas programadas para los próximos 30 días.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el martes, 10 de agosto de 2021 hasta el lunes, 06 de septiembre de 2021

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-SGH@miteco.es indicando en el asunto: "Alegaciones_Plan_Invernal 2021-2022"

Acorde a lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, el plazo para formular alegaciones es de veinte días hábiles

Anexos