- Consulta
- Cerrada
- Rango de la Norma:
- Disposición de otras autoridades
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Audiencia e información pública
Resumen
El Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, estableció la obligación de desarrollar reglamentariamente un marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables basado en el reconocimiento a largo plazo de un precio por la energía.
En cumplimiento de dicho mandato se aprobó el Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica, mediante el cual se estableció un marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, denominado régimen económico de energías renovables, basado en el reconocimiento a largo plazo de un precio por la energía.
En desarrollo del artículo 4 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, se aprobó la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y se establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.
El artículo 4.2 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, establece que las subastas desarrolladas al amparo de la citada orden ministerial serán convocadas mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, el artículo 4.2 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, determina que determinados parámetros retributivos se establecerán en dicha resolución.
De acuerdo con esta normativa, esta resolución convoca la segunda subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables, para la cual establece un producto dirigido a las instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables compuestas por una o varias de las tecnologías correspondientes a los subgrupos b.1.1 y b.2.1 definidos en el artículo 2.1 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
Como consecuencia de la urgente necesidad de la aprobación de esta resolución en el actual contexto de precios del mercado eléctrico mayorista, se reduce el plazo del trámite de audiencia a diez días hábiles.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el miércoles, 18 de agosto de 2021 hasta el martes, 31 de agosto de 2021
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-SGERnormativa@miteco.es indicando en el asunto: "Alegaciones Resolución segunda subasta REER"