La Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, regula un mecanismo competitivo de asignación de recurso interrumpible puesto a disposición del sistema eléctrico a través del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.
En la misma se recoge que a propuesta del operador del sistema se aprobarán, por Resolución de la Secretaría de Estado de Energía, las reglas de la subasta y el modelo de adhesión al marco legal establecido para la participación en las subastas.
Mediante la presente resolución se establece la referida regulación.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se abre el periodo de información pública del Proyecto.
Las observaciones podrán remitirse durante el plazo de cinco días hábiles a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, en la Sección de Anuncios Oficiales, de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia a los interesados.
Las alegaciones al citado proyecto deben cursarse bien por correo ordinario a la Dirección General de Política Energética y Minas del citado Ministerio (Paseo de la Castellana, 160, 28071 Madrid) o bien a la dirección de correo electrónico indicando en el asunto “Reglas interrumpibilidad”.