Propuesta de documento reconocido para la certificación energética de edificios: Procedimiento simplificado para el cálculo de las prestaciones medias estacionales de sistemas hidrónicos con acumulación mediante bombas de calor a gas

Mediante el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 89, de 13 de abril de 2013, se aprobó el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios.

Con el fin de facilitar el cumplimiento de las exigencias de dicho Real Decreto, se crean los denominados documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética que se definen en su artículo 3 como: “documentos técnicos sin carácter reglamentario, que cuenten con el reconocimiento conjunto del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y del Ministerio de Fomento.”

Estos documentos se inscribirán en el Registro General de Documentos Reconocidos para la certificación de eficiencia energética, creado en el artículo 3 y adscrito a la Secretaría de Estado de Energía, del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

Al amparo de los criterios previstos en el artículo 3 antes citado, existen una gran variedad de documentos que pueden ser objeto de reconocimiento, por lo que resulta necesario homogeneizar y racionalizar tanto las condiciones y requisitos como el procedimiento para efectuar dicha declaración.

Por último, según el artículo 15, punto f del Real Decreto 235/2013, corresponde a la Comisión Asesora para la certificación de eficiencia energética de edificios, asesorar a los Ministerios competentes en las siguientes actuaciones:

  • “e) Establecer los requisitos que deben cumplir los documentos reconocidos para su aprobación, las condiciones para la validación de los programas informáticos alternativos y simplificados, y el procedimiento a seguir para su reconocimiento conjunto por los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento.”
  • “f) Evaluar y proponer a la Secretaría de Estado de Energía la inclusión en el Registro general de documentos reconocidos de aquéllos que cumplan con los requisitos establecidos para su aprobación.”

En este contexto, se aprobó un procedimiento para el reconocimiento conjunto por los entonces Ministerios de Energía, Turismo y Agenda Digital y de Fomento de los documentos reconocidos de certificación energética de edificios.

En el citado procedimiento se establecen los requisitos que deben cumplir los Documentos Reconocidos de certificación de eficiencia energética de edificios y el proceso que se debe seguir para su reconocimiento conjunto por los Ministerios de Energía, Turismo y Agenda Digital y de Fomento, así como para proponer a la Secretaría de Estado de Energía su inclusión en el Registro General.

El procedimiento puede ser consultado en el Registro General de Documentos Reconocidos para la certificación de eficiencia energética [PDF][284,05KB]

De forma resumida, en el procedimiento se incluyen las siguientes fases:

Fases del procedimiento

En la Comisión asesora celebrada el 13 de julio de 2017 se aprobó la aceptación inicial del reconocimiento del documento, por lo tanto, el siguiente paso es someter la propuesta de documento reconocido a Información Pública, a fin de que se puedan formular alegaciones y observaciones sobre el mismo.

Trámite de información pública y plazo de remisión

Conforme al procedimiento para el reconocimiento conjunto por los Ministerios de Energía, Turismo y Agenda Digital y de Fomento de los documentos reconocidos de certificación energética de edificios, se abre un periodo de información pública, hasta el día 21 de septiembre de 2017, a fin de que se puedan formular alegaciones y observaciones al mismo.

Presentación de alegaciones

Las alegaciones a la citada propuesta de documento reconocido para la certificación energética de edificios deben cursarse por correo electrónico a la dirección SGPES@minetad.es con el formato recogido en la plantilla Word denominada “Formulario para la recepción de enmiendas y comentarios” que se puede descargar a continuación.

Anexos

Memoria y alcance [PDF] [918 KB]

Manual de usuario [PDF] [1407 KB]

Formulario para la recepción de enmiendas y comentarios [XLSX] [19 KB]