Los puntos de venta de vehículos adheridos al presente Programa, efectuarán en el momento de realizar la venta del vehículo susceptible de ayuda, el descuento a que se refiere el apartado quinto.3 las bases reguladoras para la convocatoria de estas ayudas en el precio de adquisición. La deducción del importe de la ayuda del IDAE tendrá la consideración de anticipo de la misma condicionado a la comprobación de la documentación requerida.
La activación de la reserva de presupuesto para la solicitud de ayuda será cumplimentada por el punto de venta a través de la aplicación informática establecida al efecto, comprobando y rellenando en dicha aplicación los datos identificativos del solicitante que figuren en su DNI, NIF o NIF. La validez del documento de activación de la reserva se encuentra condicionada a la veracidad de todos y cada uno de los datos cumplimentados en el mismo. En caso de cancelación voluntaria de la reserva de presupuesto por parte del beneficiario, el punto de venta procederá a remitir al IDAE la documentación formal requerida conforme a lo estipulado en el apartado de la web del IDAE a tal efecto.
Los datos a rellenar responderán a los que se incluyen en el modelo que figura en la Ficha 02 o 03 del anexo de las bases reguladoras para la convocatoria de estas ayudas . Adicionalmente, recabará del comprador la documentación que se indica en el apartado noveno anterior.
Tras imprimir tres ejemplares del impreso de solicitud que generará la aplicación informática, procederá a su firma, recabando la firma del comprador.
Realizada la venta, el punto de venta adherido deberá remitir al IDAE (calle Madera, 8, 28004 Madrid), la siguiente documentación, indicando claramente sus datos y la referencia «Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE)»:
IDAE podrá solicitar, en cualquier momento, durante un plazo máximo de cuatro años a contar desde la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes correspondientes a la presente convocatoria, la remisión de los originales de los justificantes o documentación aportada que estime oportuna. Procederá, en su caso, el reintegro de la ayuda por el punto de venta adherido, en los términos establecidos por el apartado decimotercero de estas bases, si éste no aportase tales originales en un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al que IDAE le hubiera requerido en tal sentido, considerándose tal circunstancia como un incumplimiento de la obligación de justificación del destino de la ayuda otorgada.
Podrán ser puntos de venta adheridos al Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE), las empresas autorizadas para la comercialización de vehículos que operen en el Estado Español y que acrediten estar dados de alta para tal fin mediante el número de registro industrial identificativo del establecimiento.
Los puntos de venta interesados en participar y colaborar en el Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE), deberán hacer entrega al IDAE de la correspondiente ficha de adhesión (Ficha 01 del anexo) debidamente cumplimentada en los plazos establecidos en el apartado séptimo de las bases reguladoras para la convocatoria de estas ayudas , adjuntando los documentos que se indican en ella, según modelo normalizado disponible en la página del IDAEQuedarán eximidos de aportar la documentación relativa a los datos que figuren en el Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas (RESA) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, regulado por la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril, todos aquellos puntos de venta que así lo hubieran hecho constar en el formulario de solicitud, especificando la documentación y datos que se encuentren inscritos en dicho Registro.
Examinada la documentación aportada, si ésta no reúne los requisitos exigidos se requerirá al punto de venta para que en un plazo de 10 días naturales, subsane la falta o acompañe la documentación necesaria con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido en su solicitud de adhesión al programa.
Una vez admitida por el IDAE la adhesión del punto de venta al programa, se facilitará al mismo un código de identificación y las claves de acceso que le identificará como punto de venta adherido y le permitirá acceder al sistema informático de activación de reservas de presupuesto y solicitudes de ayuda.
El listado de los puntos de venta adheridos al Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE) se publicará en la página web del IDAE y se actualizará de forma continua, recogiendo los puntos de venta que se adhieran, una vez sea validada por el IDAE la correspondiente documentación a remitir por los mismos.
Serán obligaciones adicionales de los puntos de venta adheridos al Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE), sin perjuicio del resto de obligaciones establecidas en las las bases reguladoras para la convocatoria de estas ayudas: