Procedimientos y Registro de Régimen Retributivo Específico (ERIDE)

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Última actualización de las Preguntas Frecuentes: 07/04/2021

Preguntas frecuentes de: No aplicación de las medidas de acompañamiento por los efectos del COVID-19 en determinadas instalaciones

¿Quién puede solicitar el mantenimiento de la retribución establecida en la Orden TED 171/2020, de 24 de febrero, de conformidad con la Orden TED 260/2021, de 18 de marzo?

Todas las instalaciones asignadas a instalaciones tipo cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del combustible, correspondientes a los siguientes colectivos:

  1. Instalaciones tipo de los grupos a.1, b.6 y b.8 definidos en el artículo 2 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
  2. Instalaciones tipo correspondientes a instalaciones acogidas a la disposición transitoria primera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, que hubieran estado acogidas a la disposición transitoria segunda del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
¿Cómo se ha de realizar la solicitud para el mantenimiento de la retribución establecida en la Orden TED 171/2020, de 24 de febrero, de conformidad con la Orden TED 260/2021, de 18 de marzo?

Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la aplicación del registro de régimen retributivo específico ERIDE ubicada en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través del formulario genérico "Otras solicitudes" que encontrará en el Menú de Explotación tras acceder con certificado electrónico.

Únicamente es necesario que cumplimente los campos obligatorios del formulario, indicados con asterisco (*). Utilice el campo Observaciones para indicar el motivo de la solicitud. Ponemos a su disposición un modelo de solicitud de carácter potestativo y que podrá anexar en formato .pdf a su solicitud que podrá encontrar en la página Modelos del Régimen Retributivo Específico.

Asimismo, en relación con la capacidad de representación, si accede el titular con su certificado de persona física o jurídica en vigor se considerará válido y suficiente. No obstante, si presentara la solicitud su usuario representante deberá acreditar por cualquier medio legítimo en derecho, la vigencia y alcance de la representación, para actuar válidamente en nombre y por cuenta del titular de la instalación. Tiene a su disposición modelos electrónicos para otorgar la representación en la página Modelos del Régimen Retributivo Específico.

¿Hasta cuándo se puede solicitar el mantenimiento de la retribución establecida en la Orden TED 171/2020, de 24 de febrero, de conformidad con la Orden TED 260/2021, de 18 de marzo?

El plazo de presentación es de dos meses desde la entrada en vigor de la Orden TED 260/2021, de 18 de marzo, finalizando el 23 de mayo de 2021.

¿Qué instalación tipo me asignarán si se estima la solicitud de mantenimiento de la retribución establecida en la Orden TED 171/2020, de 24 de febrero, de conformidad con la Orden TED 260/2021, de 18 de marzo?

A la vista de las solicitudes presentadas se procederá a la aprobación, mediante orden ministerial, de las nuevas instalaciones tipo necesarias para dar cabida a las instalaciones que hayan solicitado el mantenimiento de la retribución establecida en la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero.

Las nuevas instalaciones tipo tendrán características técnicas y parámetros retributivos idénticos a los de las instalaciones tipo que habían sido previamente asignadas a las instalaciones solicitantes y que fueron establecidos en la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio.

¿Desde cuándo causa efectos la estimación de la solicitud de mantenimiento de la retribución establecida en la Orden TED 171/2020, de 24 de febrero, de conformidad con la Orden TED 260/2021, de 18 de marzo?

La resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se estime la solicitud causará efectos desde el 1 de enero de 2020.