El texto indicado a continuación carece de valor jurídico, debiendo atender en todo caso a la normativa de aplicación. El Ministerio se exime de las responsabilidades derivadas del uso de esta información.
Última actualización de las Preguntas Frecuentes: 07/04/2021
Todas las instalaciones asignadas a instalaciones tipo cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del combustible, correspondientes a los siguientes colectivos:
Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la aplicación del registro de régimen retributivo específico ERIDE ubicada en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través del formulario genérico "Otras solicitudes" que encontrará en el Menú de Explotación tras acceder con certificado electrónico.
Únicamente es necesario que cumplimente los campos obligatorios del formulario, indicados con asterisco (*). Utilice el campo Observaciones para indicar el motivo de la solicitud. Ponemos a su disposición un modelo de solicitud de carácter potestativo y que podrá anexar en formato .pdf a su solicitud que podrá encontrar en la página Modelos del Régimen Retributivo Específico.
Asimismo, en relación con la capacidad de representación, si accede el titular con su certificado de persona física o jurídica en vigor se considerará válido y suficiente. No obstante, si presentara la solicitud su usuario representante deberá acreditar por cualquier medio legítimo en derecho, la vigencia y alcance de la representación, para actuar válidamente en nombre y por cuenta del titular de la instalación. Tiene a su disposición modelos electrónicos para otorgar la representación en la página Modelos del Régimen Retributivo Específico.
El plazo de presentación es de dos meses desde la entrada en vigor de la Orden TED 260/2021, de 18 de marzo, finalizando el 23 de mayo de 2021.
A la vista de las solicitudes presentadas se procederá a la aprobación, mediante orden ministerial, de las nuevas instalaciones tipo necesarias para dar cabida a las instalaciones que hayan solicitado el mantenimiento de la retribución establecida en la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero.
Las nuevas instalaciones tipo tendrán características técnicas y parámetros retributivos idénticos a los de las instalaciones tipo que habían sido previamente asignadas a las instalaciones solicitantes y que fueron establecidos en la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio.
La resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se estime la solicitud causará efectos desde el 1 de enero de 2020.