Procedimientos y Registro de Régimen Retributivo Específico (ERIDE)

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Última actualización de las Preguntas Frecuentes: 07/04/2021

Preguntas frecuentes de: Representación

¿El representante a efectos del registro de régimen retributivo específico debe necesariamente ser el mismo que el representante ante la CNMC a efectos de las liquidaciones de dicho régimen?

No, no tiene que ser necesariamente el mismo. Las instalaciones pueden tener un representante para realizar los trámites ante el registro de régimen retributivo específico (de competencia de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y otro representante diferente para realizar los trámites ante la CNMC, a efectos de la liquidación del régimen retributivo específico.

No obstante, ambos representantes pueden ser coincidentes. Es decisión del titular elegir si opera a través de uno o dos representantes para realizar los trámites ante los dos organismos.