Fecha de celebración de la subasta: 26 de enero de 2021.
Cupo de producto: 3.000 MW de potencia instalada.
El Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica, establece un marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, distinto al régimen retributivo específico, basado en el reconocimiento a largo plazo de un precio por la energía.
En desarrollo del artículo 4 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, se aprobó la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y se establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.
El artículo 4.2 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, establece que las subastas desarrolladas al amparo de la citada orden ministerial serán convocadas mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, el artículo 4.2 de la citada orden determina que determinados parámetros retributivos no aprobados en la orden, se establecerán en dicha resolución.
En virtud de lo anterior, la Resolución de 10 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Energía, convoca la primera subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
La resolución por la que se convoca la subasta establece la obligación de que los adjudicatarios aporten un plan estratégico en las solicitudes de inscripción que incluya aspectos como la descripción general de las inversiones, la estrategia de compras y contratación, las estimaciones de impacto sobre el empleo y sobre las oportunidades para la cadena de valor industrial, un análisis de la huella de carbono durante el ciclo de vida de las instalaciones y una estrategia de economía circular vinculada al tratamiento de los equipos al final de su vida útil.
Instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables compuestas por una o varias tecnologías de las incluidas en la categoría b) definida en el artículo 2.1 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, que cumplan los siguientes requisitos:
Preguntas frecuentes sobre el régimen económico de energías renovables